En el plebiscito te pasarán dos papeletas.
Una con Apruebo o Rechazo, y otra con qué tipo de órgano debiera redactar una eventual Nueva Constitución. Si votas Rechazo igual puedes votar en esta segunda papeleta.
Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional
En el centro de verificación y fact-checking, Contexto Factual, han acercado el proceso constituyente a la gente al explicar en simple lo que necesitas saber para votar. Nos reunimos con Valentina Matus de Contexto Factual, para hablar del plebiscito del domingo en el podcast del Fintualist y resolver algunas dudas que teníamos.
Principales diferencias entre convención mixta constitucional y convención constitucional:
- ¿Cuántas personas escribirían una eventual nueva constitución?
Si se elige una convención mixta constitucional, sería escrita por 172 personas, si sale la convención constitucional, serían 155. - Quiénes escribirían la nueva constitución:
Mixta Constitucional: El 50% de las personas encargadas de escribirla sería elegido por votación popular y el otro 50% serían congresistas (diputados y senadores) elegidos dentro del congreso.
Constitucional: El 100% serían elegidos por votación popular - Paridad:
Mixta Constitucional: la paridad solo se exigiría para el 50% electo y no se exigiría para los congresistas.
Constitucional: la paridad se aplica al 100% electo. - Dieta:
Mixta Constitucional:
Congresistas: $7 millones mensuales (mantienen su sueldo de parlamentarios)
Electos: $2.5 millones mensuales
Constitucional:
Electos: $2.5 millones mensuales - Doble función:
Mixta Constitucional: los congresistas ejercitarían una doble función, legislar y escribir la constitución al mismo tiempo.
Constitucional: No aplica. - Inhabilidad
Mixta Constitucional: quienes la escriban podrán postular a cargos públicos después del proceso.
Constitucional: no podrán postular hasta 1 año después del término del proceso.
¿Es posible que una nueva constitución expropie los fondos de pensiones u otros ahorros como el APV, por ejemplo?
La constitución actual dice que si se llegara a redactar un nuevo texto, uno de los aspectos a respetar son los tratados internacionales. Tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como en la Convención Americana de Derechos Humanos de las Organizaciones de Estados Americanos se encuentra establecido el derecho a la propiedad privada. Lo que significa que una nueva constitución no podría violar este derecho expropiando fondos u ahorros de las personas. Bueno, eso al menos en el mundo ideal. En la práctica, no es tan raro dejar explícito en una constitución el derecho a la propiedad privada, aunque sea algo redundante, dejando bien definido cómo se quiere que funcionen los principios básicos de las leyes del estado.
Por el momento, las expertas y expertos dicen que independiente de cómo se escriba la constitución el derecho a propiedad se va respetar. Al mismo tiempo se cree que se van a generar muchas discusiones al respecto en áreas como minería o agua. Va a ser, sin duda, un tema importante a discutir en el caso de que la opción del proceso constituyente avance.
¿Quiénes pueden postular para ser integrante de una eventual convención?
Cualquier ciudadana/o mayor de 18 años, que no haya sido condenada/o o esté cumpliendo penas aflictivas, puede inscribirse como candidata/o y se aplican las mismas disposiciones que para la elección de diputadas y diputados:
- Si es independiente (o renunció hace más de 9 meses a un partido político), necesita juntar las firmas de al menos un 0,5% de la cantidad de votantes de su distrito. Ej: en Santiago Centro serían 1657 firmas. Casi imposible, considerando además que estas firmas tienen que ser en notaría en tiempos de Covid. Se va a votar que el requisito sea más flexible y baje a 0,2% (662 firmas para el ejemplo).
- Si la persona está afiliada a un partido político no necesita firmas.
¿Qué tienes que hacer el domingo cuando vayas a votar?
- Llevar tu carnet
- Llevar lápiz azul (si lo olvidas, en las mesas van a tener)
- Usar mascarilla y llevar alcohol gel
- No usar cualquier prenda de ropa, mascarilla, pañuelo, pulsera o chapita que aluda a tu preferencia, podrían dejarte sin votar.
- No hacerle ninguna marca adicional a tu voto además de marcar tu preferencia porque si lo haces quienes sean apoderados o los vocales podrían objetarlo. Esto se prohíbe con el fin de evitar que alguien compre votos (las marcas podrían servir para verificar y pagar).